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¿Cómo presentar un reclamo por un mal servicio de energía eléctrica o gas natural?

viernes, 25 enero 2019 por Henry Vera Torres

Es muy común que las personas que contratan un servicio tengan problema con el mismo, por diferentes motivos, ya sea porque no funciona al 100% o porque la empresa no cumple con lo ofrecido. En ambos casos, el usuario tiene todo el derecho de presentar un reclamo. En ese sentido, a continuación le brindamos detalles de cómo hacer un reclamo de su servicio de Energía Eléctrica o tu servicio de Gas Natural.

Debe saber que tiene derecho de presentar un reclamo por mal servicio de energía eléctrica o gas natural cuando considera excesivo el consumo que le factura la empresa o cuando le cobran consumos de meses anteriores que ya pagó. También puede presentar un reclamo si:

  • Desea contar con energía eléctrica o gas natural y la empresa se niega a brindarle el servicio, sin una razón justificada.
  • Le cobran deudas que considera corresponden a otras personas, por ejemplo, cuando compra un inmueble.
  • Le cortan injustificadamente el servicio, por ejemplo, si solo tiene un mes de deuda.
  • Tiene problemas con el cobro de un recupero de consumos, interrupciones del servicio, niveles de tensión o la reubicación de redes.

Si usted es de los usuarios que presenta estos inconvenientes en su servicio puede realizar las siguientes acciones:

  1. Presentar un reclamo ante la empresa.
  2. Presentar una denuncia.
  3. Presentar una queja ante OSINERGMIN.
  4. Presentar una Medida Cautelar.

¿CÓMO PRESENTAR UN RECLAMO?

Solo el titular del servicio de luz o gas natural puede realizar un reclamo. Asimismo, este deberá realizar el reclamo en la misma empresa que le brinda el servicio.

¿Qué problemas no se pueden solucionar mediante un reclamo?

  • Malos tratos del personal del concesionario (Libro de Reclamaciones).
  • Otorgamiento de una indemnización por daños y perjuicios (Poder Judicial).
  • Establecimiento y alcances de servidumbres (Ministerio de Energía y Minas).
  • Anulación de contratos, acuerdos y transacciones comerciales (Poder Judicial).
  • Diseño, recorrido y costos de las instalaciones internas de gas natural (Indecopi).

¿Dónde reclamar?

Debe presentar su reclamo en la empresa eléctrica o de gas natural que le brinda el servicio. Asimismo, puede hacerlo por cualquiera de los siguientes medios:

  • Online desde su celular, PC o tableta

▶ Presente tu reclamo en la página web de la empresa: entre al portal de la empresa y presente su reclamo con el Formulario de Reclamo. Si no lo encuentra, búsquelo en OSINERGMIN. Algunas empresas tienen un correo electrónico para presentar el reclamo.

▶ Llene el formulario mencionado con su número de suministro, datos personales, información de contacto (teléfono y correo electrónico) Una vez completado todo, la empresa se comunicará con usted.

▶ La empresa tendrá 2 días hábiles para comunicarse con usted y darle su número de reclamo. Es importante que tome nota del número de reclamo y lo conserve.

▶ Después de 35 días la empresa deberá comunicarse con usted nuevamente y le presentará el resultado de su reclamo. Si está de acuerdo con su respuesta, su trámite termina en este momento. De lo contrario, podrá pedir que se vuelva a considerar su reclamo, con más pruebas o pidiendo una apelación.

▶ Las nuevas pruebas deberán ser adjuntadas en su reclamo y tendrá que esperar 20 días para que reciba una nueva respuesta.

▶ La apelación deberás presentarlas dentro de los primeros 15 días de salida la primera resolución. Luego, la empresa tendrá 5 días para mandar su apelación a OSINERGMIN para que esta entidad tome una decisión.

▶ OSINERGMIN deberá comunicarse con usted pasados 35 días desde que la empresa de energía o gas natural mandó su apelación a OSINERGMIN. Al tener una respuesta, OSINERGMIN se comunicará con usted y le informará de la decisión que ha tomado.

  • De manera presencial

Deberá acercarte a la empresa que le da el servicio de luz o gas natural y pedir un formulario de Reclamo. En este, pondrá el número de suministro, sus datos personales y su información de contacto (teléfono y correo electrónico). La empresa se comunicará con usted para que complete esta información. Solo tendrás 2 días hábiles para hacerlo.

Al presentar su reclamo, le darán un número de reclamo, deberá apuntarlo y conservarlo.

Luego de llenar y presentar el reclamo, la empresa tendrá 35 días para comunicarse con usted y le enviará el resultado de su reclamo. Si no está de acuerdo con la respuesta, podrá pedir una Apelación o volver a presentar su reclamo con nuevas pruebas.

  • Desde una llamada telefónica

También podrá presentar un reclamo a través de una llamada telefónica. Solo deberá llamar al número que indique su recibo y decir que quiere presentar un reclamo. Un representante de la empresa le guiará por el proceso de reclamo. El proceso de esta forma será el mismo que las anteriores opciones.

 También podrá presentar un reclamo a través de una llamada telefónica.

¿CÓMO PRESENTAR UNA DENUNCIA ANTE OSINERGMIN?

Podrá presentar una denuncia cuando tenga algún problema con tu servicio de luz o gas natural que atente contra tu seguridad y que, por lo tanto, deba ser solucionado inmediatamente.

Ingrese a la página de OSINERGMIN y escriba su denuncia vía correo electrónico. Es importante que describa detalladamente el motivo de su denuncia, la empresa que le está causando el problema, el lugar donde se encuentra el problema, sus datos personales (nombre, apellidos y DNI, teléfono y correo electrónico). También, deberá indicar dónde quieres que le contacte OSINERGMIN.

¿CÓMO PRESENTAR UNA QUEJA ANTE OSINERGMIN?

El proceso para presentar una queja será en las Oficinas a nivel nacional de OSINERGMIN y podrá hacerlo si es que tiene alguno de los siguientes problemas con la empresa que le brinda el servicio:

  • Si se niegan a admitir su reclamo.
  • Si le cortan el servicio por una deuda de reclamo.
  • Para pedir el pago de deuda cuando ha hecho un reclamo.
  • Cuando han suspendido injustificadamente el procedimiento de reclamo.
  • Cuando hay silencio administrativo positivo.
  • Cuando no elevan a OSINERGMIN la reiteración de su reclamo.

Para presentar la queja, el documento que presente tendrá que tener el número y dirección del suministro sobre el que quiere presentar la queja, así como su nombre, apellido, DNI, teléfono, fecha, nombre de la empresa del servicio de electricidad, motivo de queja, fundamento de la queja y anexar documentos que sirven de prueba para su queja.

Luego de presentar todo, la queja pasara a la estaba de “Presentación de descargos”. Este proceso se da entre la empresa y OSINERGMIN. El proceso puede tardar mínimo 10 días.

Después que la empresa haya presentado su descargo, OSINERGMIN tendrá 20 días para conocer la información de la empresa y tomar una decisión y luego comunicarse con usted. Recién pasados los 10 días en los que OSINERGMIN y la empresa trabajaron juntos y los 20 días más en los que OSINERGMIN tomó su decisión sobre su queja, usted será contactado para comunicarle la decisión que OSINERGMIN ha tomado sobre la misma.

¿CÓMO PRESENTAR UNA MEDIDA CAUTELAR ANTE OSINERGMIN?

Podrá solicitar una Medida Cautelar ante OSINERGMIN cuando considera que el tiempo que demora en proceder su reclamo le causará perjuicio. La Medida Cautelar es una decisión temporal de OSINERGMIN sobre un reclamo.

Puede pedirlo siguiente cuatro pasos:

▶ Antes de pedir una medida cautelar, junte los documentos que prueben que tiene derecho a contar con este servicio y la documentación que pruebe que el tiempo que durará el proceso de reclamo le va a causar perjuicios.

▶ Diríjase a una notaría y realice una Declaración Jurada Notarial en la que se compromete a asumir los daños que la medida cautelar pueda ocasionarle a la empresa si su reclamo finalmente es denegado.

▶ Acérquese a cualquier Oficina de OSINERGMIN y pida el Formato de Medida Cautelar, llénelo y preséntelo junto con la Contracautela (Declaración Jurada Notarial) firmada por el Notario Público.

▶ OSINERGMIN tendrá 10 días hábiles para responderle la decisión que tomó respecto a su pedido. En caso esté de acuerdo con la respuesta de esta institución, el trámite se acaba aquí. Caso contrario, tendrá 3 días hábiles para pedir que OSINERGMIN evalúe de nuevo su caso y emita una nueva respuesta.

QUE HACE LA RESOLUCIÓN DE OSINERGMIN CON SU RECLAMO

  • Revocar la resolución de la empresa y declarar fundado el reclamo. Significa que el resultado es favorable para el usuario.
  • Confirmar la resolución de la empresa, que declaró infundado el reclamo. Significa que el resultado es favorable para la empresa.
  • Confirmar la resolución de la empresa que declaró Improcedente el reclamo. Significa que, tal como lo señaló la empresa, no corresponde evaluar el fondo del reclamo.
  • Declarar nula la resolución de la empresa porque tiene algún vicio, retrocediéndose el procedimiento al estado en que ocurrió dicho vicio.
  • Declarar improcedente el recurso de apelación por alguna de estas razones:
  1. Osinergmin y la concesionaria no tienen competencia para resolver el reclamo.
  2. Le corresponde a otra persona presentar el reclamo.
  3. No existe relación entre los fundamentos y el pedido.
  4. El reclamo ya fue resuelto o existe otro trámite.
  5. Hubo acuerdo de partes, entre el usuario y la empresa.
  6. Lo que se pide no es posible cumplir, conforme a nuestro ordenamiento.
  7. El recurso fue presentado fuera del plazo de ley.

 

FUENTE: GESTIÓN

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Personas naturales podrán verificar online su información de impuestos

jueves, 24 enero 2019 por Henry Vera Torres

La Sunat informó hoy que las personas naturales obligadas a presentar la Declaración Anual deberán utilizar el Formulario Virtual N° 707 Renta Anual 2018, disponible a partir del 18 de febrero y que tendrá información cargada sobre las rentas, gastos, retenciones y pagos de impuestos, así como de las retenciones.

Esta información deberá ser verificada y, de ser el caso, completada o modificada antes de su presentación. La información personalizada estará actualizada al 31 de enero de 2019.

Las personas naturales que están obligadas a declarar son aquellas que:

• Tengan un saldo a favor del fisco (impuesto por pagar).

• Cuenten con saldos a favor de ejercicios anteriores y los apliquen contra el impuesto o hayan aplicado dichos saldos contra los pagos a cuenta por Rentas de Cuarta Categoría durante el 2018.

• Les corresponda un saldo a favor si reciben Rentas de Cuarta Categoría o de Cuarta y Quinta Categorías.

• Los que reciban ingresos como independientes (recibo por honorarios profesionales) y los trabajadores en planilla que demuestren el pago por alquiler de su vivienda o paguen intereses de créditos hipotecarios a sus cónyuges o concubinos o copropietarios.

A fin de facilitar la declaración, el contribuyente debe indicar en la misma declaración a quién se le considerará el cargo del gasto. La atribución de gastos debe ser comunicada en la misma Declaración Anual.

• Las personas naturales que sólo tengan ingresos por planilla (Quinta Categoría) y que comprueben tener un saldo a su favor por la deducción de gastos de alquiler de vivienda y/o de intereses de créditos hipotecarios para primera vivienda distintos a los créditos MiVivienda y Techo Propio.

Empresas
Por su parte, aquellos contribuyentes del Régimen General del Impuesto o del Régimen Mype Tributario (RMT) que durante el 2018 hubieran generado rentas o pérdidas de Tercera Categoría deberán utilizar el Formulario Virtual N° 708.

Los contribuyentes cuyos ingresos netos superen las 1,700 UIT, gocen de algún beneficio tributario, estabilidad jurídica y/o tributaria, estén obligados a presentar la declaración jurada anual informativa Reporte Local, Reporte Maestro y/o Reporte País por País, o pertenezcan al sistema financiero, deben presentar el PDT N° 708, disponible a partir del 24 de enero.

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Consultores contratados por el Estado tendrán vacaciones pagadas

jueves, 24 enero 2019 por Henry Vera Torres

El ministerio de economía y finanzas dispuso que los consultores contratados por el estado través del Fondo de Apoyo Gerencial (FAG) tendrán 30 días calendario de suspensión de la prestación de sus servicios, por cada año, y en ese periodo la entidad contratante debe cargar con el íntegro del pago mensual.

Así el D.S N.° 014-2019-EF detalla que no se debe afectar la continuidad de los servicios en las entidades, por lo que se deberá efectuar el encargo de funciones correspondientes además, que la oportunidad de este descanso remunerado o especie de vacaciones será el acordado por el consultor y la entidad contratante.

Finalmente, dispone que en 15 días hábiles la oficina general de administración del MEF emitirá los lineamientos para su aplicación.

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Publican Ley 30908, que regula la libre elección de servicios notariales en la contratación de servicios financieros

miércoles, 23 enero 2019 por Henry Vera Torres

El @DiarioElPeruano publicó en su edición de hoy la Ley N° 30908 que modifica la Ley 29571 Código de Protección y Defensa Del Consumidor para garantizar el derecho de libre elección del servicio notarial.

 

bit.ly/2B0G89d 

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Ahora se pueden tomar créditos en fintech a menor tasa que en bancos

miércoles, 23 enero 2019 por Henry Vera Torres

Solicitar un préstamo en una plataforma digital puede tomar solo tres minutos e incluso ser una opción menos costosa que bancos y cajas. Tasas de interés para mejores clientes pueden bajar hasta 13.5%.

Las fintech no solo se han convertido en una alternativa tecnológica para obtener financiamiento rápido sino que ahora algunas están ofreciendo tasas de interés incluso más competitivas que las que cobran las propias entidades financieras.

Así, en promedio, las fintech cobran una tasa de interés anual de 25.7%, según un reporte de la Asociación Fintech Perú.

Dichos nivel está por debajo del costo promedio del crédito de consumo en bancos (44.5%) y cajas municipales (33.18%),según cifras de la Superintendencia de Banca Seguros y AFP (SBS) .
Asimismo, es menor al interés promedio que cobran ambos tipos de entidades a la microempresa.

Incluso algunas de estas fintech ofrecen tasas de 13.5% a clientes con impecable historial de crédito.

“Nosotros, como negocio fintech, al no estar regulados aún trabajamos con tasas anuales que no pueden superar la tasa de usura , y las empresas agremiadas cumplen con estos requisitos”, refirió.  ´

En el estudio, participaron seis fintech agremiadas que otorgan créditos y dos de financiamiento colaborativo (crowfunding), explicó.
Estas empresas, en conjunto, otorgaron préstamos a 5,300 usuarios (entre personas y empresas) por un monto total de S/ 76 millones, al cierre del 2018. Este reporte es el primero que ha sido presentado al Banco Central de Reserva (BCR) sobre el sector de fintech.

Holaandy, fintech no agremiada, estima que este año se duplicará el número de solicitudes de crédito enviadas a las plataformas digitales, y sumarán un millón.

De esta cifra, entre 50,000 a 100,000 son los créditos que realmente llegan a desembolsarse, indicó Javier Castro, CEO de Holaandy.
Hay muchos casos de personas que no cumplen con los requisitos para el crédito, o que hacen solicitudes fraudulentas que no llegan a finiquitarse, comentó.

Entre uno y tres minutos tarda el usuario en solicitar financiamiento a través de estas plataformas digitales.
En tanto, los plazos de pago van de 20 días a dos años y el monto máximo fluctúa en torno a los S/ 25,000.

Según la fintech Holaandy, el 75% de los solicitantes son solteros y el 39% no tienen hijos, y gran parte tiene negocio propio. Además, el 73% de solicitantes se encuentra en Lima y el resto en provincias. El ticket promedio de préstamos online bordea los S/ 3,000.

Productos y servicios

Según el informe, en Perú hay 81 fintech, definidas como empresas o iniciativas que hacen uso de la tecnología para brindar servicios y productos financieros.

En este ecosistema, hay 22 firmas de medio de pago y transferencias cuyo ‘core business’ son los servicios de dinero electrónico (tarjetas), procesamiento de pagos multiplataforma, giros, pagos de servicios, recaudación y recargas.

Asimismo, hay 19 que generan digitalmente créditos y pueden financiar factoring, consumo, capital de trabajo, entre otros, con recursos propios o actuando como intermediarios. Las casas de cambio digital son las terceras en número (18). En su mayoría, las fintech son startups, aunque están surgiendo más iniciativas fintech de bancos, como Yape o Tunki.

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Incluirán mas rubros en comprobantes de pagos electrónicos

martes, 22 enero 2019 por Henry Vera Torres

La SUNAT publicó una nueva regulación que se aplicaría en la emisión de documentos electrónicos (Resolución Sunat N° 013-2019).

El objetivo de la norma, explicó Jorge Davila, socio del estudio Olaechea, es continuar con la implementación de la emisión electrónica de comprobantes de pago.

Así, detallo, entre otros documentos autorizados se incluyen los emitidos por martilleros públicos, operadores de consorcios sin contabilidad independiente y que se dediquen a actividades de exploración y explotación de hidrocarburos, empresas concesionarias que prestan el servicio publico de distribución de gas natural, entre otros.

Agregó que se establece la migración de ciertos documentos autorizados (considerados comprobantes de pago, bajo ciertas condiciones) al Sistema de Emisión Electrónica (SEE) y la obligación de enviar información sobre determinadas operaciones a través del Programa de Envió de Información (PEI).

Asimismo, los contribuyentes obligados deberán informar a la Sunat (mediante el PEI) sobre la emisión de ciertos documentos autorizados, como aquellos emitidos por servicios servicios prestados con ocasión de brindar al servicio de transporte aéreo regular de pasajeros y por las empresas habilitadas a emitir el boleto de transporte aéreo. también de boletos numerados o entradas que se entreguen por atracciones o espectáculos públicos en general, entre otros.

El Dato: Vigencia. La norma regirá desde el 1 de enero de 2020, para los contribuyentes que realicen las operaciones que se incorporan.

Fuente: Gestión

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Gastos en discotecas serán considerados para reducir el pago de impuestos

viernes, 18 enero 2019 por Henry Vera Torres

Sunat  autorizó a los trabajadores dependientes e independientes a usar boletas de ventas, ticket electrónico, entre otros para la deducción adicional de 3 UIT, equivalente a S/ 12,600.

El Gobierno dispuso desde el 1 de enero de 2019 una nueva alternativa para deducir gastos del pago anual del Impuesto a la Renta (IR) a los trabajadores de 4ta o 5ta categoría, si deducen como gasto el 15% de sus consumos por servicios de restaurantes, hoteles y bares o cantinas.

En ese sentido, la entidad tributaria autorizó a los trabajadores dependientes e independientes a usar boletas de ventas, ticket electrónico, entre otros para la deducción adicional de 3 UIT, equivalente a S/ 12,600, del pago de Impuesto a la Renta durante el 2019.

La Sunat informó al diario Gestión que las discotecas también son consideradas como bar o cantina ya que tienen el mismo giro de negocio por lo que los consumos realizados en estos establecimientos sí se considerarán para la deducción de impuestos.

Para que la deducción se pueda dar es necesario que las discotecas sean formales y que entreguen comprobantes de pago electrónico que consignen el DNI o RUC del consumidor en la parte superior del documento, indicó Cecilia Ayllón, especialista de Sunat, a dicho medio.

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CUATRO DE CADA DIEZ AFILIADOS A AFP QUE ADELANTAN JUBILACIÓN FINGEN DESEMPLEO

jueves, 17 enero 2019 por Henry Vera Torres

“Una nueva ampliación del régimen especial de jubilación anticipada por desempleo  (REJA)  para los afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP) es una medida populista que no responde a un estudio técnico”.

Así lo señalo Giovanna Priale, presidenta de la Asociación de AFP, quien además advirtió que el REJA, combinado con la posibilidad de retirar el 95.5 % de los fondo de pensiones, llevará a que surjan en el país generaciones de ancianos sin protección de una pensión

La comisión de trabajo y seguridad social del congreso aprobó el martes la insistencia de un proyecto de ley observado por el ejecutivo que extiende la jubilación anticipada por desempleo hasta el 2021.

Una de las justificaciones esgrimidas por los legisladores para ampliar el REJA que venció el 31 de diciembre del 2018, ese el alto nivel de desempleo en la población con edades entre 45 y 65 años.

Priale sostuvo que según el INEI la tasa de desempleo de este grupo etario se ubicó alrededor del 2% en el 2017 “justificar el REJA amparado en que la tasa de desempleo para estas personas ha aumentado es falso”, enfatizó.

El REJA permite que los hombres desde 55 años y mujeres desde 50 años que se encuentren en situación de desempleo por 12 meses, accedan a una jubilación anticipada en el SPP

Sin embargo a partir de junio del 2016 cuando entro en vigor la ley que permite a los jubilados de las AFP retirar hasta el 95.5% de sus fondos de pensiones, más personas están solicitando acogerse al REJA

INCLUSO Algunos afiliados están realizando argucias para poder acceder a esta modalidad de jubilación

Según cálculos de la asociación de AFP, cuatro de cada 10 personas que hoy optan por el REJA se desemplean temporalmente y al año siguiente vuelve a su condición de empleabilidad y es que para acceder a esta jubilación anticipada basta con ser un desempleado de quinta categoría, es decir, que no reciba sueldo por planilla indico Priale.

 

FUENTE: GESTIÓN

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Inversión minera sumó US$4.181 millones entre enero y noviembre del 2018

jueves, 17 enero 2019 por Henry Vera Torres

La inversión generada por la actividad económica creció en 25,4% con respecto a similar periodo del 2017

Durante los meses de enero y noviembre del 2018, la inversión en minería ascendió a US$ 4,181 millones, representando un aumento de 25,4% con respecto a similar periodo del 2017, informó el Ministerio de Energía y Minas (MEM).

Del mencionado monto total, la región Ica es la que acumuló la mayor inversión minera con US$694 millones; seguido de Moquegua con US$536 millones; en tercer lugar aparece Tacna con US$419 millones. Continúan en la lista, la región Junín con US$354 millones; y en quinto lugar Cajamarca con una inversión de US$298 millones, afirmó

De acuerdo a la información estadística elaborada por la Dirección de Promoción Minera del ministerio, la inversión minera en el rubro Planta Beneficio (donde se procesan los minerales) registró más de US$1.215 millones entre enero y noviembre del año pasado.

Infraestructura fue el segundo rubro con mayor participación, con US$944 millones; seguido por Desarrollo y Preparación, que en el mismo período llegó a US$642 millones.

En el rubro Equipamiento minero, las inversiones ascendieron a US$528 millones; en Exploración a US$361 millones; y, finalmente, el rubro Otros sumó US$492 millones.

La información estadística también señala que la empresa Southern Peru Copper Corporation es la que más invirtió en este espacio de tiempo superando los US$527 millones.

Shougang Hierro Peru se ubicó en el segundo lugar con una inversión de US$ 461 millones, seguido de Anglo American Quellaveco con una inversión mayor a US$391 millones. Figura también Sociedad Minera Cerro Verde con una cifra por encima de los US$253 millones en el periodo mencionado.

El MEM precisó que las transferencias de fondos a regiones por conceptos de canon, regalías y derechos de vigencia de la actividad minera, ascendieron a S/4.803 millones. Asimismo, indicó que la actividad minera generó durante el 2018 un promedio de 201.880 puestos de trabajo directos.

FUENTE: EL COMERCIO

 

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Afiliados sacan créditos para poder retirar 95.5 % de fondo de AFP

miércoles, 16 enero 2019 por Henry Vera Torres

En el Perú hay personas que se están jubilando a los 38 años de edad y debe ser uno de los pocos países donde pasa este tipo de cosas, advirtió Jorge ramos CEO de SURA PERU

Dicha situación se explica por el mayor número de afiliados a las AFP, menores de 65 años, que hoy están accediendo al régimen de jubilación anticipada ordinaria, también conocido como JAO.

Para calificase esta modalidad de jubilación el afiliado debe tener un fondo de pensión que le permita obtener una pensión igual o mayor al 40% de su sueldo mensual.

Además debe contar con 72 meses de aportes en los 120 meses anteriores a la  presentación de su solicitud de jubilación adelantada.

Aldo Ferrini gerente general de AFP Integra explico que la ley que permite que los afiliados de las AFP retirasen hasta el 95.5 % de su fondo al momento de jubilarse ha llevando a algunos clientes a sacarle la vuelta a la norma y acceder al JAO; de esta manera: un  afiliado que tiene 100 00.00 en su fondo de pensión y  necesita 400.000 para cumplir con las condiciones de la JAO solicita a un banco que le presta 300.000 que ingresan a su fondo de pensiones como aporte voluntario “entonces inicia el trámite de jubilación, como ya tiene los 400.00 la matemáticas si dan para que su pensión sea el 40% de su sueldo, detallo el ejecutivo, pero esta persona en lugar de optar por una pensión vitalicia, busca el retiro del 95.5 de su fondo y la AFP le entrega 400. 000 logrando así sacar los 100.000 que tenían en su cuenta de AFP y devolver los 300 000 restantes al banco a un costo financiero de 20 días añadió Ferrini.

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