
“La Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso aprobó este martes por mayoría el proyecto de ley 3663/2018 que propone, mediante un texto sustitutorio, agilizar el proceso de desalojo mediante una intervención notarial.
La iniciativa busca crear un procedimiento rápido de desalojo notarial con auxilio de la fuerza pública en los bienes inmuebles ocupados por arrendatarios o subarrendatarios morosos o cuyos contratos hayan vencido.
Es decir, será aplicable solo para la modalidad de alquiler y permitirá la recuperación inmediata del inmueble en caso el inquilino no cumpla con los pagos correspondientes o venza el plazo pactado en el contrato.
Para aplicar este procedimiento, el contrato ante el notario público deberá ser inscrito en el Registro de Contratos de Arrendamiento creado por cada notaría y los bienes inmuebles deben estar inscritos en el Registro de Predios de los Registros Públicos”.
Como se sabe, actualmente el proceso demora alrededor de cuatro años, por tanto, ahora el arrendatario podrá recurrir ante un Notario y solicitar una orden de desalojo, lo que se busca es no recurrir a la vía judicial como primera opción.
Cabe acotar que para el procedimiento del descerraje, si será con intervención judicial, ya que es el juez quien tendrá que autorizarlo.