En lo que podría considerarse un impedimento para empezar a sancionar el delito de acoso sexual, en sus diversas manifestaciones, la Defensoría del Pueblo recordó al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MINMP), que han pasado 168 días (el plazo es de 100) para aprobar el Reglamento de la Ley N° 27942 de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual.
Es relevante e indispensable para establecer procedimientos específicos sobre la investigación y sanción del hostigamiento sexual en distintos espacios de trabajo, señaló la Defendería del Pueblo, en oficio remitido al MIMP.
Sin el reglamento la ley es un saludo ala bandera.
FUENTE: GESTIÓN