21/03/2021 La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) estableció diversas disposiciones para garantizar la atención a los usuarios en la ejecución de las resoluciones del Tribunal Registral a partir de su notificación, o de la toma de conocimiento oportuno de las decisiones mediante su portal institucional.
Para tal fin, aprobó la Resolución Nº 035-2021-Sunarp/SA que determina, por ejemplo, que la resolución del Tribunal Registral informará al administrado en su domicilio mediante el régimen de la notificación personal, salvo que la haya solicitado a su dirección electrónica.
Plataforma
La norma precisa también que, independientemente de la notificación señalada, el apelante podrá tomar conocimiento oportuno de la resolución del Tribunal Registral accediendo a la plataforma ‘Síguelo’ y empezar las actuaciones procedimentales ante la oficina registral, según el caso.
A la par, emitida la resolución del Tribunal Registral, la secretaría o el servidor responsable, dentro del día hábil siguiente, enviará el expediente a la primera instancia registral, efectuará su derivación por el sistema SIR-Tribunal y remitirá la resolución para la notificación al administrado.
Vigencia
Los lineamientos aprobados mediante la Resolución Nº 035-2021-Sunarp/SA, publicada ayer en Normas Legales, entrarán en vigor en 120 días calendario.